A.
Filiación biológica
ARGENTINA -
Ley 1.226. Ssistema de identificación
al recién nacido y de su madre. Sanción: 04/12/03 Promulgada de hecho: 31/12/03
B: Filiación genética
ARGENTINA - Ley 23.511 Banco de datos genéticos Buenos
Aires, 13 de mayo de 1987
Sanción:
13/05/987. Publicación:
B.O. 10/07/987. Reglamentada por Decreto Nacional 700/89
BRASIL - Resolução N° 340, Diretrizes para Análise Ética e Tramitação dos Projetos
de Pesquisa da Área Temática Especial de Genética Humana. Conselho Nacional de
Saúde. 8 de julho de 2004.
ESPAÑA - Ley 42 Donación y utilización de embriones y fetos humanos o
de sus células, tejidos u órganos.por
el que se establecen los protocolos obligatorios de estudio de los donantes y
usuarios relacionados con las técnicas de reproducción humana asistida y se
regula la creación y organización del Registro Nacional de Donantes de Gametos
y Preembriones con fines de reproducción humana. (BOE 23-3-1996, núm.
72, pág.
11253)
C.
Filiación civil
ARGENTINA -Ley 23.264 CÓDIGO CIVIL De la Patria Potestad
modificación de Octubre, 23 de 1985
Publicación: B.O. 11/X/985
ARGENTINA - Ley 24.779 Adopción. Buenos Aires, Febrero, 1997Publicación: 02/997.
Incorpórase al Código Civil
ARGENTINA - 25.673. Programa Nacional de Salud Sexual
y Procreación Responsable. Sancionada: Octubre 30 de 2002. Promulgada de
Hecho: Noviembre 21 de 2002.
ARGENTINA - 25.929 Derechos de los padres y de la persona recién nacida. Sancionada: 25/08/2004. Promulgada
17/09/2004. B.O.: 21/09/2004
Un bebé fruto de la manipulación germinal.
Por Enrique Coperías
Adopción de embriones y gametos. Por
Teodora Zamudio